2010-09-05

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Por larga lista de vicios ponente de fallo sobre Referendo de Reelección pide declararlo inexequible

Sin embargo la decisión final, que puede tardar hasta dos meses a partir de este jueves - aunque no se tomará todo ese tiempo -, la deben tomar sus ocho compañeros en la Sala Plena de la Corte Constitucional quienes pueden o no adoptar ese sentido del fallo. La falta de certificación del registrador sobre la financiación, las irregularidades en la convocatoria a extras, y el cambio del texto de la pregunta hacen parte de la larga lista de irregularidades.

Primera Página - Agencia de Noticias

 

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Bogotá.- La primera voz de alerta la dio el ex alcalde de Bogotá, Antanas Mockus, quien en su sitio en Twitter aseguró que la ponencia del fallo sobre la Reelección Presidencial en la Corte Constitucional es negativa:

"Me acaba de llegar informacion según la cual la ponencia sobre el referendo reeleccionista es negativa, por vicios de forma. Aumenta nuestra responsabilidad".

Con el paso de las horas y especialmente desde las dos de la tarde de este jueves cuando el magistrado Humberto Antonio Sierra Porto oficializó el registro del texto de más de 400 páginas en la Secretaría de la Corte, la especie tomó más fuerza.

Que el experto constitucionalista pide que se declare la inexequibilidad de la convocatoria al Referendo por una larga lista de vicios de trámite en el Congreso de la República.

El presidente de la Corte Nilson Pinilla advirtió que la Sala Plena dedicará, de ahora en adelante, todos los jueves y viernes de las próximas semanas a estudiar el tema y antes de 60 días decidirá si su trámite en Senado y Cámara se ajustó o no a los preceptos legales.

Se trata de una decisión colegiada, es decir que debe ser adoptada por los nueve magistrados de la Corte Constitucional quienes deben decidir por mayoría simple.

El mayor inconveniente tiene que ver con la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró inválidas las firmas para convocar el Referendo por la violación de los topes de financiación.

Como se sabe la organización que organizó la recolección de firmas, Colombia Primero, invirtió $1.900 millones cuando sólo podía invertir $330 millones. Además mintió en los reportes financieros entregados al Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que constituye un fraude procesal.

Ante la falta de la certificación de la Registraduría respecto del número de firmas necesario para iniciar el trámite de la Ley que convoca aa Referendo, la Corte Constitucional debe entrar entonces a resolver si la anulación de las firmas afecta la constitucionalidad de la Ley.

El otro vicio tiene que ver con la violación al "principio de la consecutividad de los debates" y el cambio de texto del Referendo. En esencia que el tema de modificación de palabras para permitir la reelección en 2010, no estuvo presente en todos los debates previstos por la Constitución para un proyecto de la Ley.

Tampoco está de acuerdo el ponente con las irregularidades en la publicación del decreto que convocó a sesiones extraordinarias para aprobar el Referendo entre el 16 y el 17 de Diciembre de 200o.

El decreto convocando a extras llegó para su publicación a las 7:45 de la noche del 16 de Diciembre de 2008 y la publicación comenzó a circular a las 4:44 de la tarde del siguiente día, 17 de Diciembre. El asunto es que las sesiones extraordinarias arrancaron antes de las 12:05 de la mañana de ese 17 de diciembre.

Otro punto contrario al Referendo tiene que ver con los procesos penales que la Corte Suprema de Justicia adelanta contra los congresistas que votaron afirmativamente el proyecto de Ley (86 denunciados por Navas Talero ante la Corte Suprema de Justicia).

El argumento de la denuncia señala que los congresistas cometieron el delito de prevaricato puesto que no se podía tramitar el proyecto de Ley hasta tanto no se tuvieran las certificaciones de la organización electoral.

 

Publicado el 2010-02-03

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